Fernando tenía prisa cuando se dirigía a una comida con amigos y, al ver que no pasaba ningún coche por la carretera, cruzó con rapidez cuando fue atropellado por un vehículo que justo en ese momento se incorporaba desde una calle paralela.
Al preguntar al abogado facilitado en la cobertura jurídica de su seguro del hogar, este le dijo que Allianz (en este caso la entidad responsable) no pagaría la indemnización por atropello que pudiera corresponderle, ya que no había hecho uso de un paso de cebra y por consiguiente parte de la responsabilidad del suceso recaía en su forma de obrar durante el mismo.
La historia de Fernando (nombre ficticio de uno de nuestros clientes cuyo caso explicaremos al final de este artículo) podría ser un ejemplo bastante habitual de una indemnización por atropello, escenario jurídico que, como abogados de accidentes de tráfico, siempre hemos considerado del todo desconocido entre la ciudadanía de nuestro país.
Las consecuencias de atropellar a una persona en España son por todos sabidas, pudiendo llegarse a hablar de un delito de carácter penal según cómo condujese el sujeto responsable o el desenlace del siniestro, en caso de que finalmente la víctima falleciese tras ser arrollada por el vehículo en cuestión.

No obstante, la reclamación de una indemnización por atropello como víctimas del siniestro es una incógnita a resolver si nunca hemos vivido situaciones de este tipo, siendo muchos los que piensan que, como no se produjo su atropello en un paso de peatones no será posible exigir una cuantía económica por los daños y lesiones sufridas.
En GJ Defensa Legal la resolución de aquellas dudas más frecuentes entre nuestra cartera de clientes fue el motivo principal que impulsó este blog corporativo, intentando aportar esa experiencia jurídica que resulta imprescindible para entender diversos escenarios en los cuales nuestros derechos más personales están en juego ante los tribunales de justicia.
Por ello, hoy dedicamos un artículo a la indemnización por atropello, analizando aquellas cuestiones que debes valorar en caso de haber sido víctima de un siniestro de estas características con el objetivo de que no des por buenas creencias que igual no son tan válidas como en un primer momento creías debido a tu desconocimiento en la materia.
SUMARIO DEL POST
2 supuestos habituales de indemnización por atropello
A la hora de reclamar una indemnización por atropello, el análisis de tus circunstancias en particular será clave para determinar la cuantía final que podrías llegar a obtener.
No obstante, con el objetivo de clarificar aquellas dudas que ahora mismo pudieras tener, procederemos a clasificar las 2 opciones más habituales que suelen darse para los casos de un atropello a un peatón.
Me han atropellado en un paso de peatones con el semáforo en verde
En los supuestos de estas características, la responsabilidad del siniestro recae siempre sobre el conductor del vehículo (a excepción de casos puntuales), motivo por el cual, desde un punto de vista estrictamente económico, la cuantía a recibir deberá ser abonada de manera íntegra por su empresa de seguros.
Prueba de ello sería que, en caso de ser necesario un proceso de rehabilitación, como víctima del siniestro observarás que la aseguradora insiste de manera continuada en que lleves a cabo tu rehabilitación en la entidad facilitada por ellos, llamándote bastantes veces para ver cómo te encuentras durante tu ingreso hospitalario.
Esta realidad de un carácter más subjetivo es habitual también en los atropellos a ciclistas o en los casos de indemnización por accidente de moto, en los cuales, si la víctima ha experimentado lesiones de cualquier tipo, las mismas suelen ser de bastante gravedad, motivo por el cual la cuantía que debe recibir a modo de indemnización por atropello asciende de manera considerable, no pudiendo eximirse la aseguradora de su responsabilidad al respecto por la forma en la que se han sucedido los hechos.
Por ello, nuestro primer consejo si has sido atropellado es que te pongas en contacto cuanto antes (15 días como máximo después del siniestro) con un abogado especializado en reclamaciones de este tipo.

Esto no implica que el abogado al que llames vaya a tramitar tu caso o pretenda obtener una rentabilidad económica por ello.
No obstante, si haces la rehabilitación en el centro designado por la aseguradora, esta te dará el número mínimo de sesiones de rehabilitación y, en caso de ser necesario reclamar una indemnización mayor por atropello, el abogado no contará con las “pruebas pertinentes” a partir de las cuales desarrollar tu estrategia jurídica de defensa a posteriori, sumándole a esto que tu proceso de rehabilitación no será llevado a cabo según las necesidades de tu estado físico y/o anímico.
Para que entiendas mejor esta realidad que circunscribe a los médicos de las aseguradoras, a continuación te dejamos el testimonio de una clienta (modificando sus datos, foto y casuística personal) que nos contactó para iniciar su reclamación de un atropello como peatón, contándonos esto en relación a los servicios médicos que recibió desde la entidad.

Y con esto no pretendemos denostar el trabajo de ningún profesional ajeno a nuestro equipo, invitándote sólo a aplicar el sentido común para resolver aquellas dudas que en este momento pudieras tener.
De la misma forma que un abogado vela por los intereses de su cliente a la hora de calcular su indemnización por atropello, el médico de la aseguradora vela por los intereses de la compañía donde ejerce sus funciones profesionales, respetando ambos eso sí aquellos límites que la ley establezca para el ejercicio de su actividad.
Atropello a un peatón cruzando indebidamente
A la hora de determinar cuánto paga un seguro por un siniestro de estas características, la concurrencia de culpas es el indiscutiblemente protagonista en los casos de indemnización por atropello.
De hecho, dentro de nuestra amplia experiencia profesional, hemos seleccionado un caso de estas características (véase punto 3 de este post) para que entiendas mejor a qué nos estamos refiriendo y qué deberías saber como víctima afectada.
Si te han atropellado y no sabes qué hacer, la aseguradora es consciente de tu desconocimiento al respecto, ya que a diferencia de los casos de colisión entre vehículos, ni siquiera cuentas con una primera asesoría por parte de tu compañía de seguros.
La ley permite calcular la indemnización que le corresponde a una víctima y, a posteriori, aplicar una reducción porcentual de la misma en función de su responsabilidad en la consecución de los hechos, algo lógico con tan solo aplicar de nuevo el sentido común y revisando este precepto de nuestro ordenamiento jurídico.
«Sin perjuicio de que pueda existir culpa exclusiva de acuerdo con el apartado 1, cuando la víctima capaz de culpa civil sólo contribuya a la producción del daño se reducirán todas las indemnizaciones, incluidas las relativas a los gastos en que se haya incurrido en los supuestos de muerte, secuelas y lesiones temporales, en atención a la culpa concurrente hasta un máximo del setenta y cinco por ciento»
No obstante, esta concurrencia de culpas se alega siempre con demasiada facilidad, casi de forma inmediata nos atreveríamos a decir y, cuando recibes tu primera oferta motivada de indemnización por atropello, das por válido lo que pone en ese documento a causa de tu desconocimiento en la materia.
Para que lo entiendas claramente, si la entidad procede a calcular tu indemnización por accidente y determina que son 5000€, aplicando la concurrencia de culpas al 25% la cantidad final que recibirás será de 1250€, cuantía cuya aceptación no te impide seguir ejercitando acciones judiciales frente a la compañía de seguros que te abone la misma (artículo 7.3d Ley 35/2015 de 22 de septiembre).
Mucha gente se siente perdida en este punto del proceso, aceptando la misma y dando por zanjado el asunto o, por el contrario, decidiendo contactar en ese momento con un abogado especialista para que analice las circunstancias de su caso en particular.
No obstante, dentro de este área de práctica, existen infinidad de empresas que bajo eslóganes tan propios del marketing jurídico como “conseguimos tu máxima indemnización” o “solo ganamos si tú ganas”, aceptan la tramitación de tu indemnización por atropello, poniéndose en contacto con el abogado de la compañía de seguros para intentar llegar a un acuerdo.
Y si bien esto no está mal, lo cierto es que el letrado de esa aseguradora sabe que, a la hora de reclamar una indemnización por atropello, en los casos de concurrencia de culpas la presentación de la demanda tiene un papel clave para forzar a la entidad donde ejerce sus labores profesionales, documento que requiere de un tiempo de redacción pero sobre todo de un análisis previo y concreto de las circunstancias exactas de cada caso en particular.
Como consecuencia de todo ello, es muy probable que el letrado no presente la correspondiente demanda, dejando pasar el plazo de un año para reclamar nuestros derechos (artículo 7.1 Ley 35/2015 de 22 de septiembre) y viendo el cliente perdida una cantidad económica que, sin lugar a dudas, sí le correspondía como víctima del siniestro.
Quizás por ello en nuestro equipo de abogados siempre hacemos un fuerte hincapié en la importancia de la primera consulta jurídica, siendo esta reunión un escenario de análisis exhaustivo de cada caso en particular para, a posteriori, determinar lo que la ley establece al respecto y cómo desarrollaremos la estrategia más efectiva para la defensa de los intereses del cliente al que vamos a representar.
Si necesitas reclamar una indemnización por atropello frente a la empresa de seguros, te invitamos a rellenar el siguiente formulario de contacto contándonos los detalles del accidente que has sufrido.
Un profesional del despacho analizará las circunstancias concretas de tu caso en particular para, en caso de considerarlo oportuno, cerrar la consulta jurídica con el abogado que finalmente tramite tu caso en concreto.
Escenarios de un carácter más específico
Anteriormente hemos mencionado los 2 casos más habituales que suelen darse en los procedimientos de reclamación de estas características. No obstante, los accidentes de tráfico pueden estar condicionados por factores de lo más diversos, pudiendo señalar otros casos más atípicos que igual también podrían reflejar la situación en la que ahora mismo te encuentras.
¿Y si la víctima es un niño o una persona con algún tipo de incapacidad?
La mayoría de atropellos a niños se produce sin dolo por parte de ellos, es decir, que si un niño ha sido atropellado, es casi imposible que sea él quien haya intentado provocar el accidente en cuestión aunque tenga algún tipo de responsabilidad al respecto.
Por ello, aunque parte de la responsabilidad pudiera recaer en su forma de actuar, la aseguradora no podrá en ningún caso aplicar la concurrencia de culpas que tan frecuente resulta para los casos de indemnización por atropello.
Sucederá lo mismo con cualquier persona que sufra de algún tipo de menoscabo físico y/o intelectual, algo que de manera clara se estableció en la reforma del baremo de accidentes sucedida en 2016.

¿Y si somos atropellados por un ciclista?
El final de la pandemia supuso la explosión de una tendencia de movilidad que ya era muy popular en los últimos años, algo que claramente también hemos notado en el volumen de siniestros tramitados en los cuales al menos una bicicleta está implicada.
No obstante, no deberías confundir la reclamación de una indemnización por accidente en bicicleta con el atropello de una bicicleta a un peatón ya que, en función de por donde circulase este último, podría llegarse a establecer su culpabilidad total del siniestro.
Un carril bici es un espacio exclusivo para ciclistas, motivo por el cual, en caso de sufrir un atropello como peatón, se podría considerar que el segundo ocupaba un espacio que no le correspondía, debiendo correr de su cuenta la indemnización al no contar con un seguro como el que sí es obligatorio tener para circular con un vehículo a motor.
No obstante, te recordamos de nuevo la importancia de no caer nunca en generalidades de contenido jurídico, siendo necesario valorar siempre las circunstancias de cada caso en particular.
¿Y si el conductor se da a la fuga?
En estos casos, la reclamación de una indemnización por atropello podrá ser hecha ante el consorcio de compensación de seguros, si bien para ello será imprescindible contar con un atestado policial que detalle cómo sucedió el siniestro del que fuimos parte implicada.
Un caso práctico de indemnización por atropello tramitado en nuestro equipo
En GJ Defensa Legal solemos utilizar los casos tramitados en nuestra trayectoria profesional para explicarte aquellas cuestiones más difíciles de entender cuando se carece de un conocimiento especializado en la materia, respetando siempre la privacidad de nuestra cartera de clientes y modificando cualquier dato que pudiese pertenecer a su intimidad.

Un ejemplo de indemnizacion por accidente de tráfico (véase supuesto de hecho NO 6 del anterior enlace) en relación a un atropello sería el caso de Fernando, una persona que decidió contactar con nuestro equipo tras haber cruzado un carril de 3 vías y ser atropellado por un vehículo que justo en ese momento se incorporaba por la izquierda.
Antes de iniciar la tramitación desde nuestro despacho, Fernando realizó 2 consultas con otros profesionales especializados en la materia, llegando a GJ con la siguiente referencia:

No convencido de esta explicación, decidió contactar con una gran empresa especializada en reclamaciones de este tipo, la cual inició los trámites de su reclamación pero, tras hablar con el abogado de la aseguradora (en este caso Allianz Seguros), decidió que ya nada se podía hacer para conseguir una mejor indemnización en su caso en particular.
Tras llegar este caso a nuestro despacho, planteamos una nueva reclamación extrajudicial a la compañía de seguros, alegando que, aunque no hubiese un paso de cebra, eso no eximía al conductor en su forma de obrar, debiéndose respetar la preferencia del peatón en el desarrollo de los acontecimientos.
Tras esta reclamación, la entidad reconoció el 100% de su responsabilidad, obteniendo nuestro cliente una indemnización superior a los 12000€ en la nueva oferta motivada efectuada por la entidad de seguros.
No obstante, el cálculo de la indemnización por lesiones (artículo 134 y siguientes de la Ley 35/2015) fue realizado en base al informe médico emitido por el perito de la aseguradora, considerando nosotros la cuantía otorgada muy inferior en relación a los daños sufridos.
Por ello, decidimos interponer una demanda para la consecución de una mayor indemnización por atropello, realizando previamente un nuevo informe médico con el objetivo de poder sustentar nuestras alegaciones como parte demandante. Finalmente, en la Audiencia Previa, Allianz aceptó una cuantía ligeramente superior, renunciando nuestro cliente a efectuar futuras acciones judiciales contra la compañía de seguros.
Y es que en contra de lo que pudieras pensar, la presentación de una demanda no es sinónimo “ir a juicio por haber atropellado a una persona”, sino de plasmar en un documento probatorio cómo se sucedieron los hechos para, cuando la aseguradora reciba la misma, se vea atada de pies y manos para eximirse de su responsabilidad al respecto.
Dentro del volumen jurisprudencial de nuestro país, no existen tantas sentencias por atropello en un paso de peatones o por accidentes de tráfico con carácter general, siendo lo habitual llegar a un acuerdo en la audiencia previa del juicio o finalizar la reclamación mediante un acuerdo entre las partes.
Por este motivo, el análisis previo del abogado especializado será clave para trazar una estrategia eficaz a lo largo de todo el procedimiento de reclamación, quedando siempre muy atentos a lo que vaya proponiendo la aseguradora en relación a nuestra indemnización por atropello.

Esperamos que a través de este artículo hayas entendido los cuestiones más básicas que serán tenidas en cuenta para calcular tu indemnización por atropello, aprovechando este espacio para contarte otros aspectos que podrían facilitar tu reclamación ante la compañía de seguros.
¿Hay alguna otra pregunta que aún no tengas clara?
Te invitamos a dejarnos la misma en la sección de comentarios de nuestro blog. Un profesional del despacho procederá a resolver la misma con la cercanía y profesionalidad que desde hace 10 años avalan la trayectoria de nuestro equipo.
EQUIPO JURÍDICO ESPECIALIZADO EN SEGURIDAD VÍAL.
«La comunicación es un elemento imprescindible para clarificar frente a los clientes aquellos escenarios jurídicos de los que serán parte implicada, siendo nuestro blog un espacio creado específicamente para ello. Si quieres descubrir otras cosas sobre la trayectoria de nuestro despacho de abogados, haz click en el enlace anterior. «
📚 BIBLIOGRAFÍA DEL ARTÍCULO
1. ANALIA PLAZA, NACHO GARCÍA (29 de diciembre de 2022) Año negro para los peatones en Madrid: los atropellos suben seis veces más que el total de accidentes. EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.
- 💻 DISPONIBLE EN: https://tinyurl.com/2qktv3f6
2. LASEXTA.COM(17 de agosto de 2022) España registra cerca de 11.000 atropellos cada año: estas son las normas para proteger al peatón. LA SEXTA.
- 💻 DISPONIBLE EN: https://tinyurl.com/2kg9ysvp
3. 20 MINUTOS (6 de agosto de 2020) La mayoría de muertos por accidentes de tráfico en España son, por primera vez, peatones, ciclistas o motoristas. 20 MINUTOS.
- 💻 DISPONIBLE EN: https://tinyurl.com/2zjalp32
4. FERNANDO GARCÍA (1 de junio de 2022) En 2030 el 10% de los viajes en la Comunidad de Madrid serán en bici. EL PAÍS.
- 💻 DISPONIBLE EN: https://tinyurl.com/2qwux3cr
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